El Juez Osvaldo Otheguy, a cargo del Juzgado N°8 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, ordenó al GCBA que en el plazo de 5 (cinco) días:
📌a)Elabore un Plan de Contingencia ante posibles emergencias sanitarias que incluya un cronograma detallado para cada Barrio Popular con recorridos, fechas y horarios precisos, previamente acordados con la comunidad y adecuadamente difundidos que garantice, a pedido de los habitantes de los Barrios Populares, la entrega de agua a granel para todos los usos en los barrios o sectores de barrios que no cuenten con suministro continuo de agua corriente;
📌b)Incremente la entrega de agua a granel paratodos los usos (consumo directo, manipulación de alimentos, higiene personal, higiene del hogar, etc) en los barrios o sectores de barrios que no cuenten con suministro continuo de agua corriente debiendo tener como guía para la dotación por habitante las normativas nacionales e internacionales que establecen las dotaciones de consumo de agua potable con valores entre 150 y 250 litros por habitante por día y las guías de diseño del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) que establecen dotaciones de diseño para los proyectos de agua potable de 150 a 300 litros por habitante día. Estos estándares se indican para determinar una medida, sin perjuicio desde luego de que la demandada puede aportar en forma fundada otros estándares que correspondiesen a la situación a fin de que sean evaluados por el tribunal;
y 📌c) Elabore e implemente un Protocolo de Actuación para brindar pautas claras de manejo y alerta respecto al agua de consumo a las familias. Deberá incorporar medidas preventivas que las familias deberían adoptar (hervir el agua, incorporarle lavandina, etc.) para reducir el riesgo sanitario. Ello así, hasta que el tribunal competente resuelva la procedencia de la medida cautelar solicitada.
El Amparo Colectivo con relación al acceso al AGUA POTABLE y SANEAMIENTO SEGURO en las villas y asentamientos de la Ciudad (Barrios Populares según Ley N° 27.453) como forma esencial de prevención del contagio del Coronavirus Covid-19 y del Dengue fue presentado por la Cátedra de Ingeniería Comunitaria, el Observatorio del Derecho a la Ciudad, CTA Capital, Frente Territorial Salvador Herrera, Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas,y referentas y referentes de Barrios Populares (Villa 21-24, Barrio Inta, Barrio Scapino, Barrio Cildáñez, La Villa 15 – Oculta -, Villa 20)
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