Alivio fiscal a clubes y equidad de género en el deporte

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó este jueves por unanimidad dos leyes vinculadas con las actividades deportivas amateurs y profesionales: un alivio fiscal por obras de ampliación o remodelación en clubes y asociaciones afines sin fines de lucro y una normativa tendiente a impulsar la igualdad de género en esas entidades…

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó este jueves por unanimidad dos leyes vinculadas con las actividades deportivas amateurs y profesionales: un alivio fiscal por obras de ampliación o remodelación en clubes y asociaciones afines sin fines de lucro y una normativa tendiente a impulsar la igualdad de género en esas entidades sociales.

El beneficio fiscal consiste, por un lado en condonar las deudas por tributos impagos relativos a edificaciones realizadas en los últimos cinco años. Y, por otra parte, eximir de esas tasas aranceles o contribuciones a las obras proyectadas, en marcha o realizadas en el curso del actual 2020. En ambas situaciones implica la regularización de los trámites pertinentes.

Ley de Equidad de género en el deporte

Se modificó y actualizó la Ley CABA 1624 del año 2004 (que reglamenta el deporte amateur y profesional) “a fin de incorporar la perspectiva de género, promover la igualdad y representación de las diferentes identidades de género en el deporte y garantizar la participación, el pleno desarrollo y el acceso de todas las personas sin distinción de su identidad sexo-genérica, así como ampliar las posibilidades de aquellas instituciones que se acojan a la normativa”, según dicta el artículo primero.

Dispone “estimular la integración de todas las personas en un marco de respeto por las diversas identidades sexo-genéricas y sin distinciones de ningún tipo” y tras establecer el derecho de acceso de todos al deporte, determina que “dicho principio constitucional se cumplirá equiparando las oportunidades para todas las personas, sin distinción sexo-genérica.”

Eximición de tributos y condonación de deudas a los clubes

La ley que exime del pago de tributos por construcciones a las entidades deportivas sin fines de lucro fue una iniciativa inicial de los diputados Matías López, Esteban Garrido y Diego García Vilas (VJ) y fue tratada en las comisiones de Turismo y Deportes y de Presupuesto (preside Claudio Romero-VJ)

La norma dispone la exención y condonación de deudas originadas por obras y/o construcciones en las instalaciones de los clubes y asociaciones deportivas de la Ciudad inscriptas al Registro Único de Instituciones Deportivas (RUID), “a fin de brindar alivio a los clubes y federaciones durante la situación epidemiológica de público conocimiento y fomentar la realización de mejoras en su infraestructura”, se argumentó.

Taxativamente, la ley dice en su primer artículo: “Exímase del pago de los Derechos de Delineación y Construcción, Tasa por Servicio de Verificación de Obra y el Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable, establecidos en Código Fiscal (…) cuyo hecho imponible se configure dentro del año contado a partir de la publicación de la presente ley”.

El artículo segundo dispone: “Condónese las deudas originadas de los tributos consignados en los Derechos de Delineación y Construcción, Tasa por Servicio de Verificación de Obra y el Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable, del Código Fiscal (…) cuyo hecho imponible se hubiere configurado desde el año 2015al 2020, ambos inclusive, que regularicen la o las obras en contravención, de acuerdo al Código de Edificación aprobado por la Ley Nº 6.100, antes del 31 de diciembre de 2020”.

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